El secretario general de Gobierno, Ismael Brito Mazariegos denuncia que los estudiantes de la Escuela Normal Rural Mactumactzá ejercen como métodos de operación la violencia, el radicalismo y el vandalismo para presionar políticamente sobre pliegos petitorios que legal y administrativamente no corresponden a la realidad.
Enlista el funcionario estatal que son cuantiosos los daños que los normalistas han causado por ocupación de edificios públicos, bloqueos carreteros, retención de vehículos de empresas con productos que someten a la rapiña, además de daños y perjuicios en propiedad ajena.
Brito Mazariegos afirma que permanece atento a la demanda de la sociedad tuxtleca respecto a la reubicación a otro municipio de la Mactumactzá y para utilizar productivamente las 40 hectáreas que actualmente ocupa.
La advertencia del responsable de los asuntos políticos del gobierno de Chiapas suena extemporánea y parece adquirir un aire de consulta pública para atender conductas violentas e ilícitas que deben someterse sin miramientos al orden y la sanción legal como todo acto cometido por cualquier persona que vulnere la integridad y el patrimonio de las personas, bienes públicos y de la comunidad.
No cabe ni siquiera cuestionar acciones ilegales sino sujetarlas en automático a la acción de la legalidad.
Las autoridades ministeriales han documentado reiteradas actos vandálicos de Mactumactzá en Tuxtla Gutiérrez a lo largo de los años, incluido el deceso de un alumno en sus instalaciones que murió extenuado durante una de las llamadas novatadas
La sociedad ha contemplado impávida y estupefacta los actos de barbarie, quema de camiones de empresas, del transporte público, dígase Conejobus, vandalismo de inmuebles públicos y de particulares, bloqueos de vías de comunicación, amenazas y agresiones a la población.
Mactumactzá ni ninguna escuela, como tampoco ningún político o gobernante, que por no guardar el orden público debía ser enjuiciado, así como ciudadano alguno, debe estar por encima de la norma legal.
La aplicación de la ley es taxativa, imperativa y general y no debe haber dudas ni sugerencias para hacerla valer, que para ello están los códigos que tipifican, encuadran, el delito y la sanción para su inobjetable procedencia.
La ley va y castiga actos cometidos, conductas de hechos jurídicos comprobados y ratificados Su aplicación es objetiva no subjetiva, es decir no considera postulados políticos ni ideológicos.